Duncan vs.Louisiana: Resumen del caso, resumen e importancia

Rodrigo Ricardo Publicado el 20 noviembre, 2020 5 minutos y 30 segundos de lectura

Hechos

Gary Duncan, de 19 años y negro, condujo por la autopista 23 en 1966 en Plaquemines Parish, Louisiana. Sus dos primos más jóvenes acababan de ser transferidos a lo que alguna vez fue una escuela de blancos. Ya se estaban quejando de incidentes raciales en la escuela y Duncan estaba preocupado por ellos. Duncan vio a sus primos al costado de la carretera, pero no estaban solos. Estaban rodeados por cuatro muchachos blancos. Duncan salió de su auto, se acercó a los muchachos y les dijo a sus primos que subieran a su auto para alejarse de los muchachos blancos. Cuando Duncan se subía a su coche para marcharse, se produjo un altercado. Los chicos blancos dijeron que Duncan le dio una palmada en el codo a uno de ellos. Duncan y sus primos dijeron que solo tocó al chico blanco en el codo.

Duncan fue arrestado y acusado de un delito menor de agresión simple, que conllevó una sentencia máxima de dos años. Duncan solicitó un juicio con jurado, pero el juez denegó la solicitud. La ley de Luisiana en ese momento permitía un juicio con jurado en un caso penal solo si la muerte o el trabajo forzado eran posibles castigos. El tribunal juzgó a Duncan, lo declaró culpable y lo sentenció a sesenta días de cárcel. Duncan apeló su condena ante la Corte Suprema de Louisiana, argumentando que se le había negado su derecho de la Sexta Enmienda a un juicio con jurado bajo la Constitución de los Estados Unidos. La Corte Suprema de Luisiana negó certiorari, un escrito emitido por un tribunal superior que solicita la revisión del acta de un procedimiento en un tribunal inferior. El tribunal se negó a escuchar la apelación, afirmando que no había habido violación de la ley. Duncan apeló a la Corte Suprema de Estados Unidos.

Problema

¿Es la Sexta Enmienda el derecho a un juicio por jurado en casos penales tan fundamental para el sistema de justicia estadounidense que se aplica a los casos penales estatales y no solo a los casos penales federales?

Argumento

En el momento en que se llevó el caso a la Corte Suprema, el derecho de la Sexta Enmienda a un juicio con jurado en un caso penal se aplicaba únicamente a los casos penales federales. Para aplicarse a los estados, la Sexta Enmienda debería incorporarse a los estados a través de la Decimocuarta Enmienda. La Decimocuarta Enmienda requiere que los estados proporcionen el debido proceso legalantes de privar a una persona de la vida, la libertad o la propiedad. La Corte Suprema ya había incorporado varios derechos bajo la Declaración de Derechos. Estos incluyeron los derechos de la Sexta Enmienda a un abogado y un juicio público y rápido, el derecho de la Quinta Enmienda contra la autoinculpación y el derecho de la Cuarta Enmienda contra el registro y la incautación irrazonables, entre otros. La prueba para determinar si el derecho a un juicio con jurado se incorporaría a los estados fue si el concepto de un juicio con jurado era fundamental para el esquema de justicia estadounidense.

El estado de Louisiana argumentó que si la Corte Suprema incorporaba el derecho a un juicio con jurado por delitos graves, arrojaría dudas sobre los juicios sin jurado. La Corte Suprema respondió afirmando que los juicios con jurado hacen menos probable la injusticia judicial o procesal. Sin embargo, algunos acusados ​​pueden preferir renunciar a su derecho a un juicio con jurado, y es su derecho hacerlo. Esto no significa, en tal situación, que un juicio sin jurado frente a un juez sea menos justo.

Louisiana luego argumentó que si la Corte Suprema incorporaba el derecho a un juicio con jurado para casos penales graves, este caso no entraría en la definición de caso penal grave ya que el castigo era solo sesenta días de cárcel. La Corte Suprema declaró que un caso penal grave se define como cualquier delito que conlleva una pena de más de seis meses de cárcel. Dado que la simple agresión en Louisiana conllevaba un castigo máximo de dos años de cárcel, calificó como un delito grave.

Decisión

La Corte Suprema revocó el fallo de la Corte Suprema de Luisiana y devolvió el caso a Luisiana para que fuera juzgado de nuevo ante un jurado. La Corte, observando el precedente histórico, declaró que el derecho a un juicio con jurado cuando se le imputa un delito grave comenzó en Inglaterra antes de que se establecieran los Estados Unidos. Los emigrantes llevaron el juicio con jurado a Estados Unidos y se convirtió en un derecho tan importante que quedó escrito en la Constitución de los Estados Unidos. El derecho es tan fundamental que también está reconocido en todas las constituciones estatales. Con base en la historia del juicio con jurado por faltas graves, la Corte Suprema lo declaró fundamental para nuestro sistema de justicia e incorporó a los estados el derecho a un juicio con jurado por faltas graves, según lo define la ley federal.

Resumen de la lección

En 1966, Gary Duncan, un hombre negro de 19 años en Luisiana, fue arrestado por agredir a un niño blanco. Duncan declaró que simplemente tocó el codo del niño mientras entraba en un automóvil. Los testigos de White declararon que Duncan golpeó al niño en el brazo. Acusado de agresión simple (un delito que conlleva una pena máxima de dos años), Duncan pidió un juicio con jurado. El estado de Luisiana le negó un juicio con jurado porque solo permitió juicios con jurado por delitos cuyo castigo resultó en la pena de muerte o trabajos forzados. Duncan fue declarado culpable de agresión simple y sentenciado a sesenta días de cárcel. Apeló a la Corte Suprema de Luisiana declarando que se habían violado sus derechos constitucionales. La Corte Suprema de Luisiana denegó su apelación. Duncan apeló a la Corte Suprema de los Estados Unidos que revocó la Corte Suprema de Luisiana y declaró que Duncanse había violado el derecho a un juicio con jurado en virtud de la Sexta Enmienda . El derecho a un juicio por jurado era tan fundamental para el sistema de justicia estadounidense, afirmó la Corte, que se aplicaba a los estados a través de la cláusula del debido proceso de la 14ª Enmienda .

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Rodrigo Ricardo Editor y fundador