Excepciones al estatuto de fraudes

Rodrigo Ricardo Publicado el 12 noviembre, 2020 8 minutos y 10 segundos de lectura

Ley contra el Fraude

Un estatuto de fraude es una ley estatal que se aplica a categorías particulares de contratos verbales. Los diferentes estados tienen diferentes estatutos de fraude, pero generalmente hay seis categorías principales afectadas:

  1. Promesas que involucran el matrimonio como consideración
  2. Contratos que no se pueden realizar en un año
  3. Contratos que involucran la venta o transferencia de terrenos
  4. Contratos que involucran promesas de albaceas para pagar deudas patrimoniales
  5. Contratos que involucran una promesa de actuar como garante o fianza
  6. Contratos que involucran la venta de bienes por valor de más de $ 500

Requisitos del estatuto de fraude

Un estatuto de fraude generalmente significa que los contratos en estas categorías no se pueden hacer cumplir a menos que cumplan con estos dos requisitos:

  1. Debe haber un memorando escrito del contrato. Un memorando del contrato oral puede ser cualquier escrito que acredite el acuerdo.
  2. El memorando escrito debe estar firmado por la parte que disputa el contrato.

Para cumplir con un estatuto de fraude, una persona debe tener evidencia escrita que demuestre que se realizó un contrato verbal. El memorando escrito puede ser casi cualquier cosa. Puede ser un formulario de pedido, una factura, un recibo o incluso una servilleta de cóctel con notas escritas. El memorando escrito debe probar los términos materiales del contrato oral. Los términos materiales incluirán elementos como las partes involucradas y el precio acordado.

Tenga en cuenta que no es necesario que ambas personas firmen el memorando. Solo la persona que disputa el contrato debe haber firmado el memorando. Si alguna de las partes del acuerdo no firma el memorando escrito, el contrato verbal no se puede hacer cumplir en su contra.

Por ejemplo, digamos que tú y yo hacemos un contrato oral. Vas a pintar mi casa la semana que viene y te voy a pagar $ 1,000. Luego reserva otro trabajo de pintura y se niega a pintar mi casa. Si quiero hacer cumplir nuestro contrato oral en su contra, necesito un memorando escrito, firmado por usted, que pruebe nuestro contrato.

Excepciones

Hay varias excepciones comunes a un estatuto de fraude. A veces, a pesar de que un contrato cae dentro de un estatuto de fraude, se puede hacer cumplir sin cumplir los dos requisitos. Estas excepciones son admisión , cumplimiento y preclusión promisoria . Echemos un vistazo más de cerca a cada una de estas excepciones.

Admisión

Se puede hacer cumplir un contrato verbal sin cumplir con los requisitos de un estatuto de fraude si la otra parte admite bajo juramento que se realizó el contrato verbal. Esto se conoce como la excepción de admisión .

Digamos que tú y yo hicimos un contrato oral. Vas a pintar mi casa la semana que viene y te voy a pagar $ 1,000. Rompe nuestro contrato y yo lo demando para hacer cumplir el contrato. ¿Cuál será tu defensa? Por supuesto, argumentará que nuestro contrato no se puede hacer cumplir porque no estaba escrito y usted no lo firmó. Sin embargo, confiesa bajo juramento que, de hecho, teníamos un contrato verbal.

Nuestro contrato oral es ejecutable. Este contrato no necesita cumplir con los requisitos de un estatuto de fraude. El objetivo principal de un estatuto de fraude es probar la existencia de un contrato verbal. Ya no tengo que demostrar que teníamos un contrato verbal porque usted acepta que lo hicimos. Ahora no puede reclamar que está liberado de sus obligaciones contractuales. La admisión es una excepción automática a todas las disposiciones de un estatuto de fraude.

Actuación

Otra excepción al estatuto de fraude es el desempeño. El rendimiento puede ser completo o parcial . El desempeño se permite con mayor frecuencia como una excepción en contratos que involucran bienes raíces o en contratos para la venta de bienes.

El cumplimiento pleno significa que una de las partes del contrato verbal completó todas sus funciones según el contrato. Cuando una de las partes completa el contrato, los tribunales deducirán que realmente existió un contrato oral. Esto descarta cualquier defensa de que el contrato oral no cumplía con los requisitos de un estatuto de fraude.

Por ejemplo, digamos que te presentas la semana que viene y pintas mi casa por completo. Entonces no puedo defenderme de que no le debo los $ 1,000. El hecho de que hayas pintado mi casa es prueba suficiente de que nuestro contrato existía.

La ejecución parcial también puede probar la existencia de un contrato oral. Esto significa que una de las partes del contrato oral completó parcialmente sus funciones en virtud del contrato.

Digamos que te dije qué colores me gustaría. Saliste y compraste toda la pintura en los colores que solicité. Cuando te presentas para empezar a pintar, cancelo nuestro contrato oral. Ha cumplido parcialmente su parte de nuestro contrato. Dado que acepté su cumplimiento parcial, ahora no puedo afirmar que un estatuto de fraude invalide nuestro contrato oral.

Has cumplido parte del contrato, y ahora tendré que igualar ese desempeño pagando esa parte particular del contrato. Digamos que pagó $ 200 por la pintura y, dado que se mezcló a la medida, la tienda de pintura no la aceptará. Tendré que reembolsarte esos $ 200. Sin embargo, ninguno de los dos tiene que completar el resto del contrato.

Ahora digamos que proporcioné la pintura, pero apareciste y comenzaste a raspar la pintura vieja de mi casa. Trabajó cinco horas y, por lo general, cobra $ 20 la hora. Si me presento y cancelo nuestro contrato, me enriquezco injustamente. Esto significa que obtuve un servicio sin dar nada a cambio. Tendré que pagarte por los servicios que me brindaste. Esto se conoce como mérito cuántico . Quantum meruit le permite recuperar el valor razonable de sus servicios, aunque nuestro contrato verbal no se pueda hacer cumplir. El mérito cuántico se permite con mayor frecuencia como una excepción al estatuto de fraude en contratos que involucran servicios.

Impedimento promisorio

Estoppel promisorio es otra excepción a un estatuto de fraude. El impedimento promisorio se permite con mayor frecuencia como una excepción a un estatuto de fraude en contratos que involucran la venta o transferencia de tierras, contratos que no se pueden completar dentro de un año y contratos que involucran una promesa de actuar como garante o fianza.

Estoppel promisorio es una doctrina legal que se aplicará si se cumplen estos tres criterios:

  1. La parte se basó en el contrato verbal, que resultó en un daño para esa parte.
  2. La otra parte del contrato verbal podría haber previsto razonablemente que la primera parte se basaría en el contrato oral.
  3. La única forma de evitar cometer una injusticia es hacer cumplir el contrato.

Esta excepción solo se utiliza cuando se produciría una injusticia considerable al liberar a una de las partes del contrato. La parte que busca la liberación del contrato debe haber sabido, o debería haber sabido razonablemente, que se produciría una injusticia.

Por ejemplo, después de comprar la pintura y todos los suministros que necesita para pintar mi casa y presentarse a trabajar durante casi una semana, cancelo el contrato. Les digo que no hay nada que puedan hacer al respecto, ya que este contrato oral no está escrito y firmado. Luego me demanda para hacer cumplir el contrato. Estoppel promisorio me impedirá afirmar que el contrato no se puede hacer cumplir bajo un estatuto de fraude. En cambio, el tribunal podría hacer cumplir el contrato. Es posible que se le permita terminar su trabajo y se me ordenará que le pague.

Resumen de la lección

Revisemos. Un estatuto de fraude es una ley estatal que se aplica a categorías particulares de contratos verbales. Los diferentes estados tienen diferentes estatutos de fraude, pero todos los estatutos de fraude establecen estos dos requisitos:

  1. Debe haber un memorando escrito del contrato oral. Un memorando del contrato oral puede ser cualquier escrito que acredite el acuerdo.
  2. El memorando escrito debe estar firmado por la parte que disputa el contrato.

Sin embargo, existen varias excepciones comunes a un estatuto de fraude. A veces, aunque un contrato se encuentre dentro de un estatuto de fraude, se puede hacer cumplir sin cumplir estos dos requisitos. Estas excepciones son admisión , cumplimiento y preclusión promisoria .

Admisión significa que se puede hacer cumplir un contrato verbal sin cumplir con los requisitos de un estatuto de fraude si la otra parte admite bajo juramento que se realizó el contrato verbal.

El rendimiento puede significar un rendimiento completo o parcial . El cumplimiento pleno significa que una de las partes del contrato verbal completó todas sus funciones según el contrato. La ejecución parcial significa que una de las partes del contrato verbal completó parcialmente sus funciones en virtud del contrato. Si una de las partes se enriquece injustamente, la otra parte puede demandar por mérito cuántico . Esto permite que una de las partes recupere el valor razonable de sus servicios, aunque el contrato verbal no sea ejecutable.

La tercera excepción es el estoppel promisorio . Esta es una doctrina legal que solo se aplicará si se cumplen los tres criterios:

  1. La parte se basó en el contrato verbal, que resultó en un daño para esa parte.
  2. La otra parte del contrato verbal podría haber previsto razonablemente que la primera parte se basaría en el contrato oral.
  3. La única forma de evitar cometer una injusticia es hacer cumplir el contrato.

Los resultados del aprendizaje

Después de terminar esta lección, debería poder comprender las excepciones al estatuto de fraudes como la admisión, el cumplimiento total o parcial y el impedimento promisorio.

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Rodrigo Ricardo Editor y fundador