¿Qué es la Sexta Enmienda? – Definición, resumen y casos judiciales

Rodrigo Ricardo Publicado el 19 noviembre, 2020 5 minutos y 17 segundos de lectura

Definición de la sexta enmienda

Imagínese ser arrestado por un crimen que no cometió. Estás en prisión indefinidamente sin juicio porque el fiscal sigue demorando las cosas en la corte. El juicio también se lleva a cabo en secreto y a puerta cerrada. No sabe por qué lo acusan y los testigos que testifican en su contra son todos anónimos. No puede llamar a sus propios testigos y no puede tener un abogado que lo ayude durante todo esto. ¿Eso suena justo?

Bueno, gracias a la Sexta Enmienda de la Constitución, no tienes que preocuparte por estos problemas. La Sexta Enmienda, una parte de la Declaración de Derechos original, otorga a las personas ciertos derechos en caso de un arresto.

La sexta enmienda establece:

En todos los procesos penales, el imputado gozará del derecho a un juicio rápido y público, por un jurado imparcial del Estado y distrito en que se haya cometido el delito, cuyo distrito haya sido previamente determinado por la ley, y a ser informado de la naturaleza y causa de la acusación; ser confrontado con los testigos en su contra; tener trámite obligatorio para la obtención de testigos a su favor, y contar con la asistencia de un abogado para su defensa.

En esta lección, analizaremos las distintas cláusulas y notaremos cómo la Corte Suprema ha interpretado las cláusulas en diferentes casos judiciales.

Prueba rápida y pública

Debido a la Sexta Enmienda, tiene derecho a un juicio público y rápido. En Barker v. Wingo (1972), la Corte dictaminó que una condena puede ser anulada si la demora entre el arresto y el juicio es increíblemente larga. Aunque el tiempo que puede tomar una acusación para juzgar a un acusado varía según el estado, la regla general es que más de un año tiende a ser perjudicial para el acusado. Además, si un tribunal determina que una demora se debe a la acusación y no a la defensa, o que una demora daña negativamente las posibilidades del acusado de alguna manera, se puede anular la condena del acusado. Sin embargo, muy pocas condenas se anulan con esta cláusula, porque la mayoría de las veces, los acusados ​​piden más tiempo y no la acusación.

Ahora hablemos del aspecto público de los juicios. El Tribunal dictaminó en Sheppard v. Maxwell (1966) que el juicio de un acusado puede cerrarse al público si un acusado demuestra que un juicio público perjudicaría sus posibilidades, o si un fiscal puede demostrar que hacer público el juicio perjudicaría ‘ valores más elevados ‘de una sociedad. En todos los demás casos, sin embargo, la mayoría de los juicios deben estar abiertos al público.

Un jurado imparcial

Según la Sexta Enmienda, tiene derecho a ser juzgado por un jurado imparcial. Sin embargo, esto solo se aplica a delitos graves que pueden resultar en una pena de cárcel de más de seis meses. Las infracciones leves generalmente se juzgan ante un juez.

Para evitar que los jurados estén predispuestos a favor o en contra del acusado, la Sexta Enmienda requiere que tanto la acusación como el acusado puedan interrogar a los posibles miembros del jurado en lo que se llama un voir dire . Si el acusado o el fiscal creen que un miembro del jurado será parcial, él o ella pueden cuestionar la validez de ese miembro del jurado ante un juez. Otra forma en que la Sexta Enmienda protege sus derechos de un jurado sesgado es asegurarse de que los miembros del jurado se seleccionen de una muestra representativa de la población. En otras palabras, la forma en que se elige a los miembros del jurado debe ser aleatoria y no excluir sistemáticamente a un grupo de personas. Piense, por ejemplo, si sería justo que no se permitiera a todas las mujeres formar parte del jurado. Según la sexta enmienda, esto podría ser motivo para anular su condena.

Acusaciones, derecho a un abogado y derechos Miranda

De acuerdo con la Sexta Enmienda, usted tiene derecho a ser informado de los delitos que se le imputan antes de que comience el juicio. Este proceso se conoce como acusación , en el que la fiscalía tiene que presentar toda su información demostrando por qué lo acusa del delito. La acusación debe ser clara y específica. El fiscal no puede ser impreciso sobre el delito del que lo acusa.

Según la sexta enmienda, tiene derecho a un abogado. Pero, ¿qué pasa si tiene problemas mentales o es pobre y no puede elegir o pagar un abogado? La Corte Suprema ha dictaminado en Powell v. Alabama y Johnson v. Zerbst que el estado debe proporcionarle un abogado. La Corte Suprema también ha dictaminado que se le permite tener un abogado presente con usted desde el comienzo de su arresto y durante todo el juicio.

En 1963, Ernesto Miranda fue arrestado por la violación y secuestro de una niña de 18 años. Miranda confesó durante el interrogatorio policial, pero nunca se le informó de su derecho a un abogado ni a guardar silencio. La Corte Suprema anuló su condena en Miranda v. Arizona (1966) porque a Miranda no se le dijeron explícitamente sus derechos bajo la Quinta y Sexta Enmiendas de la Constitución. Como resultado, hoy los agentes de policía deben informar a una persona detenida de todos los derechos que le otorga la Constitución; este conjunto de derechos se conoce como derechos Miranda de una persona .

Resumen de la lección

La sexta enmienda establece:

En todos los procesos penales, el imputado gozará del derecho a un juicio rápido y público, por un jurado imparcial del Estado y distrito en que se haya cometido el delito, cuyo distrito haya sido previamente determinado por la ley, y a ser informado de la naturaleza y causa de la acusación; ser confrontado con los testigos en su contra; tener trámite obligatorio para la obtención de testigos a su favor, y contar con la asistencia de un abogado para su defensa.

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Rodrigo Ricardo Editor y fundador