El Código de Ética del Agente Inmobiliario: Deberes para con el Público

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Código ético

La Asociación Nacional de REALTORS (NAR) se formó en 1908 en un momento en que no existían leyes de licencias de bienes raíces y los agentes de bienes raíces no tenían la obligación de proteger o promover los intereses de sus clientes. El Código de Ética se adoptó en 1913 como base para las leyes de licencias para establecer un estándar de conducta profesional para los profesionales de la industria de ventas de bienes raíces. Los profesionales de la venta inmobiliaria son agentes inmobiliarios. Como miembro de la NAR, un agente de bienes raíces es un REALTOR , un profesional de bienes raíces competente y justo de alta integridad con conducta moral en las relaciones comerciales.

Igualdad

El REALTOR tiene la obligación de tratar al público por igual independientemente del color de piel y las características raciales, creencias religiosas, sexo, discapacidad, estado familiar, etnia, preferencia sexual o identidad de género. Sobre esa base, el REALTOR no debe discriminar en la venta o arrendamiento de bienes inmuebles que resulten en divulgación sobre la composición del vecindario, inducir ventas de pánico basadas en perfiles discriminatorios del vecindario, o imprimir y circular declaraciones o anuncios que sean selectivos basados ​​en discriminación. El REALTOR tiene la misma obligación de brindar equidad e igualdad de oportunidades a todo el personal en la práctica de empleo de bienes raíces, ya sea gerencia, vendedores, contratistas independientes o personal de apoyo.

Competencia

En la práctica inmobiliaria, competenciase relaciona con la experiencia de un profesional involucrado en un campo específico de bienes raíces, como corretaje de bienes raíces, tasación de bienes raíces, asesoramiento de bienes raíces, administración de propiedades, bienes raíces internacionales, corretaje de bienes raíces comerciales, subastas de bienes raíces y sindicación de bienes raíces. Un REALTOR debe ser competente en el campo específico del servicio inmobiliario que brinda a clientes y clientes. Un REALTOR no debe dedicarse a ofrecer servicios profesionales especializados fuera de su campo de especialización a menos que se informe al cliente de la falta de competencia o se contrate a un experto especializado en el campo para ayudarlo y se haya informado al cliente. Un REALTOR no debe dedicarse al ejercicio de la abogacía. Se debe recomendar asesoría legal cuando se necesite asesoría o servicio legal.

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Pericia

En la práctica de bienes raíces, un REALTOR puede proporcionar servicios especializados, como opiniones de precios sobre el valor de las propiedades inmobiliarias. La opinión del precio de un corredor es la valoración o tasación de un corredor de bienes raíces para determinar el precio. En la valoración de propiedades, un REALTOR debe tener conocimiento sobre los tipos y valores de las propiedades, poder acceder a recursos para formular una opinión válida y estar familiarizado con la ubicación de las propiedades; de lo contrario, se debe revelar la falta de conocimiento. Si se consulta por una tarifa, el asesoramiento prestado debe ser objetivo y la tarifa no debe estar determinada por el contenido del asesoramiento brindado. La compensación por servicios de corretaje y transacciones debe pagarse por separado de una tarifa de servicio de consulta.

Integridad

Un REALTOR debe presentar la verdad y actuar con integridad en sus comunicaciones, publicidad, marketing y otras representaciones. Su condición de profesional debe quedar patente en sus comunicaciones. Los términos y condiciones en los anuncios deben divulgarse claramente al mismo tiempo que cualquier oferta «gratuita» o incentivo para publicar, vender, comprar o arrendar, sujeto a las restricciones de la ley estatal y las Normas de práctica aplicables. Un REALTOR debe tener la autoridad para anunciar y la firma del REALTOR debe identificarse cuando sea posible. Cuando un REALTOR tiene interés de propiedad, se debe revelar su condición de propietario y REALTOR o licenciatario de bienes raíces. El estado del licenciatario también debe identificarse en los sitios web de las firmas de REALTOR que sean precisos y estén libres de tergiversaciones.

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Disciplina

La aplicación del Código de Ética es una respuesta reglamentaria a la posibilidad de una violación del código. En una acción disciplinaria, un REALTOR no debe ser disciplinado por más de una agencia reguladora afiliada en relación con el Código de Ética, en relación con la misma causa de queja. Un REALTOR debe cooperar y responder a las solicitudes, no debe hacer divulgaciones no autorizadas relacionadas con audiencias o apelaciones éticas, audiencias de arbitraje o revisiones de procedimientos. Cualquier disputa monetaria entre REALTORS debe ser arbitrada. Durante el transcurso de los procedimientos de investigación, procedimientos de estándares profesionales o procedimientos disciplinarios, un REALTOR no debe amenazar ni iniciar acciones por difamación, calumnia o difamación contra ninguna de las partes o testigos en un procedimiento profesional.

Resumen de la lección

Adoptado por la NAR como el estándar de conducta profesional para los profesionales de bienes raíces en la industria, el Código de Ética protege al público que compra y vende. Como miembro de la NAR, el REALTOR , un profesional de bienes raíces competente y justo de alta integridad con conducta moral en las relaciones comerciales, tiene la obligación con el público de tratar a cada persona con igualdad e integridad. El REALTOR no debe discriminar en la venta o arrendamiento de bienes inmuebles, en la práctica de empleo de bienes raíces o cuando trata con otros REALTORS y licenciatarios, clientes, clientes o el público en general.

En la práctica de bienes raíces, la competencia se relaciona con la experiencia de un practicante de bienes raíces mientras se dedica a su campo específico de práctica. Un REALTOR no debe dedicarse al ejercicio de la abogacía ni a ningún otro campo más allá de su experiencia. En cambio, los REALTORS deben ser competentes en el campo de la experiencia y ser veraces y honestos en las comunicaciones y otras representaciones, incluida la acreditación, para presentar una imagen precisa y verdadera sin resultados engañosos y engañosos. En una acción disciplinaria, un REALTOR solo debe ser disciplinado por una agencia reguladora afiliada relacionada con una violación del Código de Ética y cooperar durante todo el procedimiento disciplinario de ética.

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