Discriminación religiosa en el lugar de trabajo: definición, efectos y ejemplos

Rodrigo Ricardo Publicado el 10 noviembre, 2020 5 minutos y 46 segundos de lectura

Definición de discriminación religiosa

La discriminación religiosa , según la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC), es «tratar a una persona (un solicitante o empleado) de manera desfavorable debido a sus creencias religiosas». La ley relevante que prohíbe la discriminación religiosa en el lugar de trabajo es el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que es aplicada por la EEOC. Los empleadores del sector privado que emplean a 15 o más empleados están sujetos al Título VII.

La EEOC señala que la religión se define ampliamente para incluir no solo a las personas que siguen religiones tradicionalmente reconocidas, sino también a las personas que tienen «creencias religiosas, éticas o morales sinceras». Además, puede ser objeto de discriminación religiosa si lo tratan de manera desfavorable debido a las creencias de su cónyuge o su conexión con una organización religiosa.

¿Qué está prohibido?

La ley federal prohíbe diferentes tipos de acciones discriminatorias en el lugar de trabajo. Echemos un vistazo a las categorías principales:

Acciones laborales : los empleadores no pueden discriminar a un empleado por motivos de religión con respecto a la contratación, el despido, la promoción, el pago, los beneficios, las asignaciones y cualquier otro término o condición de empleo.

Si bien la ley no protege a las personas de las burlas simples o de los incidentes aislados que no son graves, sí prohíbe el acoso que es severo o frecuente y crea un ambiente de trabajo hostil u ofensivo. Los acosadores relevantes para la ley incluyen cualquier supervisor, compañeros de trabajo e incluso clientes.

Segregación: los empleadores no pueden segregar a los empleados basándose en creencias religiosas. De hecho, es ilegal asignar a un empleado a un puesto sin contacto con el cliente sobre la base de las creencias religiosas del empleado, incluso si existe una preferencia real del cliente por no interactuar con dichos empleados.

Adaptaciones razonables: los empleadores están obligados a adaptarse razonablemente a las creencias religiosas de un empleado a menos que la adaptación resulte en más de una «carga mínima» para el funcionamiento del negocio del empleador o imponga una dificultad indebida al empleador. Puede ocurrir una dificultad excesiva si la adaptación es costosa, compromete la salud y seguridad en el lugar de trabajo o interfiere con los derechos de otras personas. También puede ocurrir una dificultad excesiva si la adaptación significa que otros empleados tendrán que hacer más de su parte justa de trabajo pesado o peligroso.

Por ejemplo, es posible que se requiera que un empleador proporcione un horario flexible para permitir que las personas de la fe judía ortodoxa salgan temprano los viernes para honrar el sábado. Las adaptaciones razonables también se relacionan con la forma de vestirse y arreglarse, como usar cierto tocado (como un pañuelo musulmán) o vello facial. Además, un empleador puede estar obligado a respetar ciertas prohibiciones religiosas con respecto a la vestimenta, como la prohibición de revelar ropa.

Consecuencias de las infracciones

Los empleadores que violen el Título VII pueden enfrentar consecuencias importantes. Si una investigación de la EEOC determina que hay discriminación, intentarán resolver la disputa entre el empleador y la víctima, lo que generalmente implica un cambio de política y una compensación monetaria. Un empleador no tiene que llegar a un acuerdo: la EEOC o la víctima pueden presentar una demanda contra el empleador en su lugar. Si un tribunal o un jurado determina una violación del Título VII, entonces un empleador puede estar sujeto al pago de daños. Incluso si gana un empleador, los costos de defender las demandas son bastante elevados.

La discriminación religiosa también puede tener efectos en un empleador que no involucran a tribunales o reguladores. Incluso una acusación de discriminación religiosa puede ser una pesadilla para las relaciones públicas. La pérdida de un caso de discriminación también puede reducir drásticamente la reputación de una empresa e incluso puede resultar en boicots que pueden ser más costosos que los daños y perjuicios otorgados por un tribunal de justicia.

Resumen de la lección

La discriminación religiosa es tratar a una persona de manera adversa debido a sus creencias religiosas. El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación religiosa en el lugar de trabajo. Según esta ley, un empleador no puede discriminar a un empleado o solicitante de empleo por motivos de religión.

El Título VII prohíbe la discriminación en:

  • Acciones de empleo como contratación, despido, ascenso, pago y beneficios
  • Segregación: aislar o segregar a los empleados por motivos de religión
  • Acoso que crea un ambiente de trabajo hostil

Los empleadores también deben acomodar razonablemente a sus empleados: en otras palabras, permitir la práctica de sus creencias religiosas a menos que imponga más que una carga mínima en las operaciones comerciales o una dificultad excesiva. Los empleadores que participan en, o permiten, discriminación religiosa enfrentan investigaciones regulatorias, posibles juicios, pago de daños legales y una pérdida general de reputación y buena voluntad.

Descripción general de la discriminación religiosa en el lugar de trabajo

Prohíbe la discriminación religiosa en el lugar de trabajo
discriminación religiosa
Condiciones Explicaciones
Discriminación religiosa Definición de la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo: ‘tratar a una persona (un solicitante o empleado) de manera desfavorable debido a sus creencias religiosas’
Acciones de empleo no puede discriminar a un empleado por motivos de religión con respecto a la contratación, despido, promoción, pago, beneficios, asignaciones y cualquier otro término o condición de empleo
Acoso incidentes que son graves o frecuentes, de modo que crean un entorno de trabajo hostil u ofensivo
Segregación no puede separar a los empleados basándose en creencias religiosas
Adaptaciones razonables requerido para adaptarse razonablemente a las creencias religiosas de un empleado a menos que la adaptación resulte en más de una ‘carga mínima’ en la operación del negocio del empleador o imponga una dificultad indebida al empleador
Consecuencias el gobierno puede presentar cargos; El conocimiento público puede ser desastroso para la reputación de una empresa.

Los resultados del aprendizaje

Una vez finalizada esta lección, los estudiantes deberían poder:

  • Reconocer la discriminación religiosa en el lugar de trabajo.
  • Describir las acciones esperadas de un empleador.
  • Identificar la discriminación que es ilegal en el lugar de trabajo.
  • Explicar las posibles consecuencias de la discriminación religiosa en el lugar de trabajo.

Explora más sobre este tema

Selecciona un tema y sigue aprendiendo...

Rodrigo Ricardo
Rodrigo Ricardo Editor y fundador